Análisis dogmático diferencial de los delitos de parricidio y feminicidio, Tacna – 2023
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Fecha
2026-05-15Autor
Gutiérrez Ccalli, Andrea Kelly
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La investigación tuvo como objetivo el determinar si existen diferencias entre los elementos estructurales del tipo penal de parricidio y feminicidio, Tacna - 2023. Para ello, se desarrolló una investigación de tipo básica, no experimental, de diseño transversal de tipo descriptivo-comparativo en el que participaron 156 abogados penalistas a los que se les aplicó un cuestionario en escala de Likert. El análisis de los datos proporcionados respecto al delito de parricidio, definido en el artículo 107º del Código Penal, y el delito de feminicidio, estipulado en el artículo 108-Bº del mismo código, se observan similitudes significativas en las opiniones expresadas por los encuestados. La investigación encontró que no existen diferencias significativas entre los elementos estructurales del tipo penal de parricidio y feminicidio. Aunque existen algunas discrepancias, las similitudes en las respuestas reflejan que no existe diferencia significativa en la percepción de los investigados (parricidio 𝑥 =173,71; feminicidio 𝑥 =168,22; t=0, 336). Igualmente, en las dimensiones, se halló que no existen diferencias significativas entre los elementos constitutivos (parricidio 𝑥 =13,38; feminicidio 𝑥 =13,80; t=0, 370), subjetivos (parricidio 𝑥 =58,01; feminicidio 𝑥 =57,54; t=0, 806) y objetivos (parricidio
𝑥 =80,92; feminicidio 𝑥 =77,47; t=0, 199) del tipo penal de parricidio y feminicidio, mientras que si existen diferencias significativas entre los elementos normativos del tipo penal de parricidio y feminicidio (parricidio 𝑥 =21,40; feminicidio 𝑥 =19,40; t=0, 005).
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