Desnaturalización de la categoría del daño moral en la jurisprudencia de la Corte Suprema en casos de responsabilidad civil, 2016-2024
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Fecha
2025-06-27Autor
Bravo Chambe, Fabriccio Daniel
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¿Qué daños comprenden la tutela resarcitoria de la categoría del daño moral? ¿cuál es su alcance y contenido? ¿el daño a la persona es una categoría “autónoma” y “útil” en el Derecho peruano? ¿cómo concebir al daño “jurídico”? ¿qué “intereses” merecen la tutela jurídica? ¿cómo la Corte Suprema interpreta el daño moral? ¿existe una desnaturalización del daño moral en la jurisprudencia? ¿la Corte Suprema resarce deseos e ilusiones de las personas en casos de responsabilidad civil? ¿se debe imponer un límite al resarcimiento de los daños inmateriales? Lo manifestado comprende las principales interrogantes a responder, que consiste en determinar si la Corte Suprema desnaturaliza la categoría del daño moral y genera inconsistencias en la fundamentación jurídica de sus sentencias en casos de responsabilidad civil.
Para tal propósito, se ha desarrollado un marco doctrinario y normativo sobre la categoría del daño moral y el daño a la persona; respecto a la concepción del “daño jurídico” y el estado de la cuestión del fenómeno de las voces de daños foráneas que tutelan lesiones de intereses triviales. Finalmente, se ha analizado la fundamentación jurídica y criterios en las sentencias de la Corte Suprema en casos de responsabilidad civil.
En tal sentido, recurriendo al método dogmático y sistemático se arribó a la conclusión que la Corte Suprema sí desnaturaliza la categoría del daño moral en las sentencias de casos de responsabilidad civil, por aplicarla indebidamente limitando injustificadamente su tutela resarcitoria, resarcir intereses carentes de relevancia y exponer una inconsistente fundamentación jurídica.
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