Prevención del delito de propagación de enfermedad contagiosa (COVID-19) y su influencia en la protección del derecho a la salud - universidad nacional Tacna 2020
Resumen
La presente investigación denominada “La prevención del delito de propagación de enfermedad contagiosa (COVID-19) y su influencia en el derecho de protección de la salud” – Universidad Nacional Tacna 2020, tuvo como principal Objetivo. Determinar si la prevención del delito de propagación de enfermedad contagiosa (COVID-19) influye en la protección del derecho a la salud de los trabajadores y estudiantes de la Universidad Nacional Tacna 2020. Metodología: Esta investigación es de diseño no experimental y de tipo descriptivo, transversal y correlacional. La muestra estuvo conformada por 317 personas. Para la recolección de datos se utilizó el cuestionario denominado “Prevención del delito de propagación de enfermedad contagiosa (COVID 19) y la protección del derecho a la salud Universidad Nacional Tacna 2020” y fue aplicado en forma virtual a través enlace https://forms.gle/8XpgfGjLPJd MDVUZ8,l luego del procesamiento y análisis de los datos se ha obtenido los siguientes:
Resultados:
Se ha determinado que la prevención del delito de propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa (COVID-19) influye de manera significativa en la protección del derecho a la salud- Universidad Nacional, Tacna 2020. El 97.2% consideran que es importante la prevención de un delito antes que el castigo según la ley penal. El 82.1% manifiestan que la prevención jurídica del delito de propagación de enfermedad contagiosa (COVID-19) es de nivel bajo. El 92.3% de personas manifestaron que la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann no cuenta con La presente investigación denominada “La prevención del delito de propagación de enfermedad contagiosa (COVID-19) y su influencia en el derecho de protección de la salud” – Universidad Nacional Tacna 2020, tuvo como principal Objetivo. Determinar si la prevención del delito de propagación de enfermedad contagiosa (COVID-19) influye en la protección del derecho a la salud de los trabajadores y estudiantes de la Universidad Nacional Tacna 2020. Metodología: Esta investigación es de diseño no experimental y de tipo descriptivo, transversal y correlacional. La muestra estuvo conformada por 317 personas. Para la recolección de datos se utilizó el cuestionario denominado “Prevención del delito de propagación de enfermedad contagiosa (COVID 19) y la protección del derecho a la salud Universidad Nacional Tacna 2020” y fue aplicado en forma virtual a través enlace https://forms.gle/8XpgfGjLPJd MDVUZ8,l luego del procesamiento y análisis de los datos se ha obtenido los siguientes:
Resultados:
Se ha determinado que la prevención del delito de propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa (COVID-19) influye de manera significativa en la protección del derecho a la salud- Universidad Nacional, Tacna 2020. El 97.2% consideran que es importante la prevención de un delito antes que el castigo según la ley penal. El 82.1% manifiestan que la prevención jurídica del delito de propagación de enfermedad contagiosa (COVID-19) es de nivel bajo. El 92.3% de personas manifestaron que la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann no cuenta con lineamientos de política para prevenir la propagación de enfermedades contagiosas como el COVID-19.
Se ha determinó que la prevención sanitaria y administrativa del delito de propagación de enfermedad contagiosa (COVID 19) es de nivel bajo e influye de manera significativa en la protección del derecho a la salud física, biológica y mental de los trabajadores y estudiantes. El 84.0% de las personas manifestaron que la Universidad Nacional no ha implementado en el año 2020 medidas de prevención sanitaria ni administrativa para el trabajador y estudiante frente a la pandemia COVID 19.
El análisis dogmático jurídico del delito de Propagación de Enfermedad Contagiosa o peligrosa (COVID-19) prevista y penada en el Art. 289 del Código Penal resulta complicado por la propia redacción del tipo penal “PROPAGAR UNA ENFERMEDAD” que es sinónimo de “CONTAGIAR O TRANSMITIR”, al no tener suficiente desarrollo jurisprudencial ni doctrinal en nuestro país lo cual constituye una limitante para su aplicación penal eficaz en el contexto de la actual pandemia.
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